SOBRE LA CERTIFICACIÓN ANTE NOTARIO Y EL APOSTILLADO DE DOCUMENTOS PARA UNA TRADUCCIÓN CERTIFICADA
Cuanto nuestros clientes solicitan una “traducción certificada” se refieren habitualmente a una traducción elaborada por un perito traductor, también llamado comúnmente un “traductor certificado”, y que en realidad es un Perito Auxiliar de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal o de la Judicatura Federal.
¿Para qué buscar a un traductor certificado? Para la elaboración de una traducción que se usará en algún proceso legal o para algún trámite, por ello es necesario que el traductor certificado cuente con reconocimiento de la autoridad.
Puesto que nuestros clientes habitualmente requieren de estos documentos para algún trámite, es común que pregunten también sobre el sello de un notario o una apostilla junto con la traducción certificada. Por ello, les contaremos sobre la diferencia entre un traductor certificado y un notario, y les platicaremos qué es una apostilla.
¿Es un traductor certificado un notario?
En México, un traductor certificado no es un notario. De acuerdo con el Colegio Nacional del Notariado Mexicano “El notario es un profesional del Derecho, investido de fe pública por el Estado, que brinda seguridad jurídica y certeza en los actos y hechos de los que da fe, manteniendo siempre un alto nivel de profesionalismo, una total imparcialidad con los prestatarios del servicio y una plena autonomía en sus decisiones, las cuales solo tienen por límite el marco jurídico y el estado de Derecho”. Por lo tanto, el documento debe pasar por la fe del notario antes de pasar por el traductor certificado. Todo sello, firma, y elemento similar es parte del documento para un traductor certificado, por ello, es necesario hacer cualquier trámite con el notario público antes de proceder a la etapa de traducción certificada.
Otra pregunta común de nuestros clientes es con respecto al apostillado de documentos.
¿En qué consiste el trámite de apostilla?
El trámite de Apostilla de Documentos es algo distinto a la traducción certificada porque no lo hace el traductor sino la autoridad de la Secretaría de Gobernación (en el caso de México). Se trata de una certificación de las firmas de los Servidores Públicos facultados para hacer constar la validez y legitimidad de los Documentos Públicos emitidos en el territorio mexicano, siempre que el trámite se relacione con países que hayan adoptado la Convención por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros (Convención de la Haya).
¿El traductor certificado es quien apostilla? Quien apostilla es la Unidad de Gobierno de la Secretaría de Gobernación, no el traductor certificado. El trámite tiene un costo, los requisitos son sencillos, y puesto que alguien más puede hacerlo por usted, este trámite podría ser realizado por el traductor certificado, pero es adicional a la traducción certificada misma. Al igual que una certificación ante notario, una apostilla se convierte en parte integral del documento; por ello, es necesario tramitar la apostilla antes de realizar la traducción certificada.
Para apostillado consulte: http://dicoppu.segob.gob.mx/es/DICOPPU/Acerca_de
Encuentre las respuestas a preguntas frecuentes sobre apostillado en: http://dicoppu.segob.gob.mx/es/DICOPPU/Preguntas_frecuentes1
Sobre los notarios: http://www.notariadomexicano.org.mx/notariado/notario.html